Ley 1258: El nuevo mapa del despojo en Nicaragua

Por: Alex Aguirre, GCONicaragua

La aprobación  de la Ley N°. 1258 por la Asamblea Nacional de Nicaragua transforma los territorios fronterizos en propiedad exclusiva del Estado, eliminando toda garantía técnica, jurídica y ciudadana. Lejos de ser una herramienta  para reforzar la soberanía, esta ley representa una ofensiva autoritaria que favorece el extractivismo, la militarización y el despojo de derechos, especialmente en comunidades indígenas y afrodescendientes.

La reciente aprobación de la Ley N°. 1258 por la Asamblea Nacional de Nicaragua no es un simple acto legislativo. Es una maniobra política que redefine los territorios fronterizos como propiedad exclusiva del Estado, eliminando controles técnicos, institucionales y ciudadanos. Esta ley, lejos de fortalecer la soberanía, consolida un modelo autoritario, extractivista y excluyente que pone en riesgo derechos humanos, ambientales y patrimoniales.

Un marco jurídico sin garantías: la Ley 1258 nace en un contexto donde el Estado de Derecho ha sido desmantelado. Desde la reforma constitucional que instauró un Estado Sandinista, se ha eliminado la independencia de poderes. Hoy, la Asamblea Nacional aprueba leyes sin deliberación, sin dictámenes técnicos, sin consulta previa —especialmente en territorios indígenas y afrodescendientes— y sin control de convencionalidad.

La ley entra en vigor sin reglamento ni publicación oficial en La Gaceta, lo que la hace inviable desde su origen, además, deroga de forma inmediata la Ley N°. 749 y su reglamento, eliminando mecanismos de transparencia y participación ciudadana. Se disuelve la Comisión Nicaragüense del Territorio Fronterizo (CNTF), lo que reduce el control técnico sobre zonas sensibles y genera una profunda inseguridad jurídica para comunidades locales, gobiernos municipales e inversionistas.

Centralización, militarización y tensiones diplomáticas: la Ley 1258 convierte los territorios fronterizos en bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles, pero bajo control absoluto del Ejecutivo. Se elimina la gestión interinstitucional y técnica que antes permitía articular políticas públicas con enfoque territorial.

El discurso oficialista en boca de los diputados sandinistas justifica esta medida con argumentos de seguridad nacional, señalando amenazas como el narcotráfico y la trata de personas, sin embargo, esta narrativa encubre una estrategia de militarización y vigilancia, donde el Estado actúa como fuerza coercitiva más que como promotor de bienestar.

Desde una perspectiva internacional, esta ley podría reactivar tensiones fronterizas. Recordemos el caso de Isla Portillos (Harbour Head), donde el Ejército nicaragüense invadió territorio costarricense en 2010. La Corte Internacional de Justicia falló en 2015 a favor de Costa Rica, confirmando la violación de su soberanía y los daños ambientales causados por Nicaragua. La Ley 1258, al eliminar mecanismos de consulta y control internacional, vulnera principios del derecho internacional.

Negocios entre compadres: el trasfondo económico

La verdadera motivación detrás de la Ley 1258 es económica. En los últimos años, se han documentado donaciones de propiedades estatales en zonas costeras a personas cercanas al régimen. Por ejemplo: En junio de 2020, el Estado donó 4.3 hectáreas en la península de Tola, Rivas al señor Javier Ernesto Morales Cuadra, conocida como “Pie de Gigante”; En la misma zona, Sonia Elisa Martínez Téllez recibió otra propiedad de más de tres hectáreas.

La derogación de la Ley 749 elimina los mecanismos de concesión regulada que protegían a comunidades fronterizas. Ahora, estas tierras pueden ser declaradas de utilidad pública -con o sin compensación- para proyectos turísticos o de infraestructura promovidos por el régimen, en esta “nueva Nicaragua” El acceso a la tierra depende de la cercanía al poder.

Además, esta ley puede funcionar como ficha de negociación con los mandos militares, otorgándoles control sobre rutas estratégicas -incluidas las del crimen organizadoñ a cambio de lealtad política. En medio de purgas internas, como las impulsadas por Rosario Murillo contra exgenerales históricos del FSLN, esta ley asegura el silencio de los cuadros actuales.

Fragmentación territorial y extractivismo ambiental: la Ley 1258 se inscribe en una estrategia más amplia de fragmentación territorial. Ortega y Murillo han comenzado a dividir el país en “regímenes especiales de desarrollo”, similares a las ZEDES hondureñas. Estas zonas, con legislación propia y opaca, buscan atraer inversiones extranjeras -especialmente chinas- sin control democrático ni garantías de derechos.

La reforma al artículo 175 de la Constitución, que permite modificar la división política administrativa del país, confirma esta intención. Las consecuencias son graves: desplazamientos forzados, pérdida de soberanía local, ausencia de consulta previa y violaciones sistemáticas a los derechos colectivos.

En el plano ambiental, la ley no menciona protección de áreas naturales ni coordinación con instituciones como MARENA o INAFOR. Se eliminan requisitos como estudios técnicos y avales ambientales para proyectos en zonas fronterizas. Nicaragua, uno de los países más vulnerables al cambio climático, queda sin herramientas de resiliencia, gestión de riesgos ni sostenibilidad.

Confiscación, represión y criminalización: la Ley 1258 permite el despliegue de fuerzas armadas en zonas sensibles sin límites ni protocolos. Se institucionaliza la confiscación de propiedades bajo el pretexto de utilidad pública, sin garantías de compensación ni procesos legales transparentes; la propiedad privada se convierte en un privilegio condicionado por la lealtad política.

Las comunidades fronterizas –en su mayoría indígenas, afrodescendientes y campesinas- corren el riesgo de ser desplazadas sin consulta previa, libre e informada, como exige el Convenio 169 de la OIT y otros marcos internacionales; la ley no contempla mecanismos de protección, denuncia, reparación ni restitución.

Al eliminar la CNTF, se desmantela la capacidad del Estado para enfrentar de manera integral las dinámicas criminales. Sin coordinación interinstitucional ni planificación territorial, el combate al crimen organizado se convierte en una excusa para imponer un modelo de control autoritario.

La Ley N°. 1258 no es una medida de seguridad ni de desarrollo, al contrario, es una herramienta de despojo, militarización y concentración de poder ya que convierte la frontera en un botín político y económico, y pone en riesgo derechos humanos, soberanía local y el medio ambiente. La ciudadanía debe estar informada, organizada y alerta, esta ley no debe pasar desapercibida para los defensores de derechos humanos, la oposición política y la comunidad internacional, es un paso más en el despojo de derechos de los nicaragüenses.

“La dictadura tiembla cuando la oposición deja de pelearse y empieza a abrazarse.”

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